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La Bitácora

Opinión, ensayo y memoria política

Mercados · Análisis · 1 jun 2026

Dispersión crediticia expone límites de la supervisión por techo de tasas

Mientras Banco Unión opera al 28% y cooperativas al 17%, la brecha revela que fijar un máximo de usura no garantiza competencia efectiva ni protege al consumidor de menores ingresos.

Dispersión crediticia expone límites de la supervisión por techo de tasas — Mercados, ilustración editorial

El sistema financiero colombiano tolera una dispersión de tasas que desafía los supuestos de un mercado competitivo. Según reportes de junio de 2026 publicados por La República, Banco Unión operaba con tasas de 28,02% y Banco Falabella con 27,68% —prácticamente en el límite de usura certificado por la Superintendencia Financiera— mientras que Financiera Juriscoop ofrecía créditos a 16,71% y Coopcentral a 18,37%. La brecha supera los 11 puntos porcentuales entre extremos.

En términos de carga real para el deudor, esto significa que un consumidor que accede a crédito en una entidad del primer grupo paga casi el doble que uno que lo obtiene en una cooperativa por el mismo monto y plazo. La pregunta no es si esa dispersión existe —está documentada—, sino qué explica su persistencia en un sistema que presuntamente funciona bajo supervisión.

El modelo regulatorio y sus límites

La Superintendencia Financiera establece tasas de usura como límite máximo, no como parámetro de competencia. Esto genera una asimetría conceptual: el regulador certifica un techo para proteger contra la extorsión crediticia, pero permite que instituciones operen legalmente en los márgenes de esa frontera sin que ello active protocolos de análisis sobre la calidad competitiva del mercado.

El argumento que ofrecen las entidades grandes es que costos operacionales diferenciados, composición de carteras de riesgo y estructura de gastos justifican tasas más altas. Ese argumento es plausible en teoría. Pero la persistencia de una brecha tan amplia entre segmentos del mismo mercado sugiere que la supervisión actual no distingue entre segmentación legítima de riesgo y otras dinámicas que podrían limitar la movilidad de clientes.

Quién soporta la brecha

Colombia enfrenta un desafío estructural en inclusión financiera. Una proporción significativa de la población adulta carece de acceso a crédito formal. Cuando el sistema que existe opera con dispersiones tan amplias, el problema no es solo de cobertura sino de calidad del acceso para quienes logran entrar.

Los consumidores de menores ingresos —precisamente quienes menos capacidad tienen de negociar términos o cambiar de entidad— tienden a concentrarse en las instituciones con tasas más altas. Trabajadores informales, emprendedores sin historial crediticio, personas sin garantías tangibles: estos segmentos tienen opciones limitadas y, por tanto, menor poder para buscar mejores condiciones. Eso no es falla de mercado individual; es patrón sistémico.

Comparativa regional

En Chile, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras publica tasas promedio por segmento de riesgo, generando transparencia competitiva. En Perú, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP exige que las entidades justifiquen públicamente tasas por encima de ciertos umbrales. Ambos países mantienen dispersiones menores que las observadas en Colombia en junio.

Colombia, en contraste, confía en que el techo de usura es suficiente como mecanismo de protección. La evidencia sugiere que no lo es. Un regulador moderno debería monitorear no solo el máximo sino la mediana y la distribución, alertando cuando la concentración en los extremos sugiera patrones que requieran investigación.

Qué debería cambiar

La Superintendencia Financiera podría exigir que las entidades reporten tasas efectivas por segmento de riesgo, permitiendo comparación pública. Esto no es intervención de precios; es transparencia. El mercado solo funciona cuando los consumidores saben qué pagan y por qué.

Además, el regulador debería investigar si la dispersión obedece exclusivamente a segmentación legítima de riesgo —en cuyo caso, los datos lo mostrarían claramente— o si existen otras dinámicas que limiten la competencia efectiva. Esa investigación no presupone culpa; es supervisión ordinaria.

La brecha observada en junio no es un problema de mercado libre funcionando. Es un síntoma de que el mercado no opera con la transparencia y la competencia que la teoría regulatoria asume que existe. Fijar un techo de usura es necesario pero insuficiente. La Superintendencia debe evolucionar hacia supervisión de la distribución, no solo del máximo.

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Columnista de La Bitácora

Andrés Felipe Torres Quintana

42 años, Bucaramanga. Economista UIS con maestría en Relaciones Internacionales del Externado. 10 años en consultoría de riesgo político.

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