Edición N.º 2713 Jueves, 4 de junio de 2026 · Bogotá
· · Iniciar sesión Suscribirse
La Bitácora

Opinión, ensayo y memoria política

Judicial · Análisis · 26 may 2026

Fiscalía debe investigar el maltrato animal en espacios públicos

Un incidente en el Parque Tayrona expone vacíos en la vigilancia de bienestar animal y en la aplicación de normas de protección en áreas de patrimonio nacional.

Fiscalía debe investigar el maltrato animal en espacios públicos — Judicial, ilustración editorial

La denuncia sobre el estado de un equino en el Parque Tayrona, reportada por un ciudadano según El Tiempo, plantea una pregunta que va más allá del caso específico: ¿quién es responsable de garantizar el cumplimiento de normas de protección animal en espacios bajo administración estatal?

El incidente, en el que presuntamente un caballo quedó atrapado entre piedras con afectaciones físicas graves, ocurrió en un área de patrimonio natural administrada por Parques Nacionales Naturales. Esto introduce una capa adicional de complejidad institucional. No se trata solo de maltrato animal, sino de posible negligencia en la supervisión de actividades dentro de un espacio protegido.

La Ley 1774 de 2016 modificó el Código Penal para tipificar actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres. El artículo 252-A establece penas de prisión de 12 a 36 meses para quien cause sufrimiento innecesario a un animal. Sin embargo, la aplicación de esta norma depende de que la Fiscalía General de la Nación verifique los hechos, establezca responsables y determine si hay intención o negligencia.

Lo que permanece sin claridad en el reporte es el contexto: ¿cómo llegó el equino a esa situación? ¿Estaba siendo utilizado en actividades comerciales dentro del parque? ¿Hubo supervisión de autoridades ambientales? ¿Cuánto tiempo estuvo el animal atrapado antes de ser rescatado?

Estas preguntas son relevantes porque revelan si estamos ante un accidente aislado o ante un patrón de incumplimiento de normas de bienestar animal en espacios públicos. La Contraloría General de la República tiene competencia para auditar la gestión de Parques Nacionales Naturales. Si hay indicios de que la administración del área no garantiza condiciones seguras para animales bajo su jurisdicción, eso constituiría un hallazgo de auditoría que debe documentarse.

El Ministerio de Ambiente también debe pronunciarse sobre si las actividades que generaron la situación del caballo están autorizadas dentro del parque y bajo qué condiciones. La normativa de uso de espacios protegidos es clara: actividades comerciales que comprometan el bienestar animal o el ecosistema requieren permisos específicos y supervisión permanente.

Lo que no puede ocurrir es que un incidente de esta naturaleza quede en el nivel de indignación pública sin traducirse en investigación institucional. La ciudadanía denunció. Ahora corresponde a la Fiscalía verificar, a Parques Nacionales Naturales revisar sus protocolos de vigilancia, y a la Contraloría evaluar si hubo falta en el cumplimiento de deberes administrativos.

El maltrato animal no es un asunto menor ni debe tratarse como tal. Es un indicador de debilidad institucional cuando ocurre en espacios que el Estado tiene el deber específico de proteger.

Espacio publicitario 728 × 120
Columnista de La Bitácora

Catalina Restrepo Mejía

38 años, Medellín. Egresada de Ciencia Política de EAFIT con maestría en Periodismo de los Andes. 15 años cubriendo contratación pública y política regional.

Ver todas sus columnas

La conversación

Para participar en la conversación necesitás registrarte como lector. Sin contraseñas — un enlace al correo y entrás.

Registrarme para comentar

Sé el primero en comentar.