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La Bitácora

Opinión, ensayo y memoria política

Judicial · Análisis · 5 jun 2026

La Corte Suprema cierra treinta años de litigio penal contra Santiago Uribe

La Sala de Casación Penal ratificó la condena de 28 años. El fallo quedó en firme. Álvaro Uribe cuestionó públicamente la decisión judicial en video publicado en redes.

La Corte Suprema cierra treinta años de litigio penal contra Santiago Uribe — Judicial, ilustración editorial

El 4 de junio, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 28 años de prisión contra Santiago Uribe Vélez por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. La decisión, que no admite recursos ordinarios, cierra un proceso judicial que estuvo abierto durante más de tres décadas.

Según el tribunal, la sentencia se fundamenta en hechos que la Sala consideró probados conforme a derecho. El fallo rechazó tanto la petición de la Procuraduría de absolverlo como el argumento de la defensa sobre prescripción. De esta forma, ratificó la condena que el Tribunal Superior de Antioquia había proferido el 25 de noviembre de 2025.

El tribunal caracterizó los hechos como crímenes de lesa humanidad. Conforme al pronunciamiento de la Sala, estos delitos estarían asociados a una estructura denominada Los Doce Apóstoles, que habría operado entre 1990 y 1994 desde la hacienda La Carolina, ubicada en Yarumal, Antioquia. Según el fallo, desde ese lugar se ejecutó un plan para asesinar a personas identificadas como “indeseables” o supuestos colaboradores de grupos guerrilleros.

Horas después de la ratificación, el expresidente Álvaro Uribe Vélez se pronunció públicamente. Como reportó Vanguardia, Uribe publicó un video en su cuenta de X en el que calificó la decisión como “muy injusta” y expresó que su familia estaba “muy abatida”. En la grabación, cuestionó varios aspectos del proceso y del expediente de Los Doce Apóstoles.

Uribe señaló que en la investigación hubo cambios en los imputados. Mencionó que inicialmente la justicia señaló a un sacerdote como presunto jefe de la estructura, quien posteriormente fue absuelto. También recordó que comerciantes fueron detenidos y luego liberados. Según su versión, ninguno de los acusados en el caso responsabilizó a su hermano.

Respecto al homicidio de Camilo Barrientos —conductor de bus asesinado en 1994 y que motivó parte de la condena—, Uribe afirmó que un exagente de policía señalado por ese crimen atribuyó la responsabilidad a un mayor Meneses y sus sicarios. “Y nada tenía que ver eso con mi hermano”, concluyó, según el reporte de Vanguardia.

Desde la perspectiva del derecho procesal, la ratificación de la sentencia representa la consolidación de un pronunciamiento que atravesó múltiples instancias judiciales. La Sala de Casación Penal, como tribunal de casación, tiene la función de revisar si la sentencia de primera instancia se ajustó a derecho. Su confirmación indica que el tribunal consideró que los elementos de prueba, la tipificación de los delitos y la pena fueron correctamente aplicados conforme a la ley.

Los argumentos que el expresidente Uribe reitera en su intervención pública —cambios en los imputados, absoluciones parciales, inconsistencias en la imputación— forman parte del registro de un proceso que ya fue revisado por la instancia superior. La decisión de la Corte Suprema, ahora en firme, cierra la posibilidad de recursos ordinarios y consolida una sentencia que ha sido examinada por múltiples tribunales.

El caso de Los Doce Apóstoles forma parte de un conjunto de investigaciones sobre estructuras armadas que operaron en Antioquia durante los años noventa. La caracterización de crímenes de lesa humanidad implica, según el criterio del tribunal, que los hechos no fueron aislados sino parte de un patrón sistemático de violencia.

Desde la perspectiva institucional, lo relevante es que un tribunal independiente —la máxima instancia penal— ha pronunciado una decisión motivada y ha cerrado un proceso que estuvo abierto durante más de treinta años. Eso constituye, en sí mismo, un acto de institucionalidad que cierra un capítulo del expediente judicial y deja disponible el fallo para su análisis público y académico.

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Columnista de La Bitácora

Catalina Restrepo Mejía

38 años, Medellín. Egresada de Ciencia Política de EAFIT con maestría en Periodismo de los Andes. 15 años cubriendo contratación pública y política regional.

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