La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió investigación formal contra el senador Miguel Ángel Pinto Hernández por un presunto caso de acceso carnal violento. La decisión, conocida once meses después de radicada la denuncia, marca el inicio de una etapa procesal en la que el congresista deberá responder sobre los hechos señalados por una ex trabajadora.
Como reportó El Heraldo, la denuncia describe una relación de abuso sostenida durante aproximadamente diez meses, en la que el congresista habría ejercido una posición de poder sobre la víctima para obtener relaciones sexuales mientras ella estuvo vinculada laboralmente con él. Según el alto tribunal, en la fase preliminar fueron recaudados testimonios y documentos que permitirían sustentar esa hipótesis.
La indagatoria fue programada para este lunes a las 2:00 de la tarde. El equipo de defensa del senador pidió reprogramar la diligencia al argumentar que el abogado titular se encuentra fuera del país y que el defensor suplente tenía compromisos previamente adquiridos. El magistrado Misael Rodríguez, instructor del caso, rechazó esa solicitud y ratificó la fecha de la audiencia, autorizando además que la defensa intervenga de forma virtual para garantizar su participación.
El expediente se tramita en la Sala Especial de Instrucción, competente para investigar aforados constitucionales. Pinto Hernández, quien integra las filas del Partido Liberal y ha sido figura visible en debates de reforma institucional, queda sometido al fuero penal especial que la Constitución asigna a los congresistas. La Corte conserva competencia exclusiva mientras no se resuelva la pérdida de investidura, en caso de que esta se promueva.
Hay tres elementos que conviene registrar con precisión. Primero, se trata de una investigación en curso, no de una imputación formal: la indagatoria es una etapa de la actuación procesal en la que el investigado tiene derecho a declarar y a conocer el acervo probatorio. Segundo, la hipótesis que la Sala Especial considera sustentada es la de acceso carnal violento, figura tipificada en el Código Penal, cuya pena oscila entre doce y veinte años de prisión según las circunstancias de agravación. Tercero, la defensa cuenta con las garantías procesales que la ley prevé: asistencia letrada, acceso al expediente y posibilidad de participar remotamente en la audiencia.
El caso se inscribe en una serie de investigaciones que la Sala Especial de Instrucción ha abierto contra congresistas en los últimos años, en un contexto de mayor escrutinio sobre el uso de posiciones de poder por parte de funcionarios aforados. La Corte, en su jurisprudencia reciente, ha reiterado que la relación de subordinación laboral no excluye la configuración de delitos contra la libertad sexual cuando se acredita coerción.
Por ahora, la diligencia del lunes será la primera oportunidad procesal en la que el senador Pinto Hernández deberá responder formalmente sobre los hechos denunciados. Su declaración, sumada al material testimonial y documental recaudado en la fase preliminar, permitirá a la Sala Especial decidir si avanza hacia la siguiente etapa procesal o si decreta la preclusión. Cualquier pronunciamiento sobre responsabilidad penal anticiparía el resultado de una investigación que, por diseño constitucional, corresponde en exclusiva a la Corte Suprema.