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La Bitácora

Opinión, ensayo y memoria política

Judicial · Análisis · 9 jun 2026

La estética clandestina que la Secretaría de Salud del Magdalena tardó tres semanas en

Un establecimiento en Fundación ofrecía procedimientos invasivos sin agua potable ni permisos. La intervención llega tarde: ya hubo pacientes atendidos.

La estética clandestina que la Secretaría de Salud del Magdalena tardó tres semanas en — Judicial, ilustración editorial

La Secretaría de Salud del Magdalena ordenó la clausura de un establecimiento en el municipio de Fundación que, según las autoridades sanitarias departamentales, ofrecía procedimientos estéticos invasivos sin habilitación, sin permisos y sin agua potable. El caso, reportado por Diario del Norte, expone una falla recurrente en la función de inspección, vigilancia y control que la Constitución y la ley 715 de 2001 le asignan a los entes territoriales de salud.

El dato crudo es el que importa: hicieron falta tres semanas de seguimiento para que la administración departamental actuara. Tres semanas en las que un lugar sin condiciones mínimas de salubridad habría atendido a pacientes con procedimientos invasivos. La nota periodística no precisa cuántos procedimientos se realizaron ni si hubo lesionados o afectados reportados ante la Secretaría de Salud departamental. Esa es, justamente, la información que la opinión pública necesita: el universo de pacientes expuestos, las eventuales denuncias ante la Fiscalía por ejercicio ilegal de la medicina, y el nombre del establecimiento y de sus responsables, que la fuente consultada por Diario del Norte no alcanza a detallar en el fragmento disponible.

El episodio reabre un debate que suele quedar en los discursos: el ejercicio ilegal de actividades de la salud. El artículo 373 de la Ley 599 de 2000 tipifica como delito, con pena de prisión, la realización de procedimientos reservados a profesionales de la salud por parte de personas no autorizadas. Si la Secretaría de Salud tiene indicios de que en ese lugar se practicaron procedimientos invasivos, lo que corresponde no es solo la clausura sanitaria, que es una medida administrativa, sino el traslado inmediato del expediente a la Fiscalía General de la Nación para que investigue la posible configuración del delito. Una cosa es cerrar el local; otra es perseguir penalmente a quien lo operó.

La inspección, vigilancia y control en salud no se ejerce a posteriori. La Supersalud y las secretarías departamentales disponen de herramientas para actuar de oficio frente a denuncias públicas, redes sociales o avisos en plataformas de comercio electrónico donde proliferan ofertas de procedimientos estéticos a precios que, en la mayoría de los casos, corresponden a personal no habilitado. La demora de tres semanas sugiere que la actuación respondió más a una alerta periodística o a una denuncia puntual ya escalonada, que a un ejercicio sistemático de control territorial.

También pesa la responsabilidad del Ministerio de Salud y Protección Social en la política de habilitación de servicios. Desde 2006, la Resolución 3100 y sus antecesoras establecen requisitos claros para que un prestador de servicios de salud pueda ofertar procedimientos estéticos. Quien consulta un establecimiento tiene derecho a verificar el registro ante la plataforma REPS del Ministerio. La Secretaría de Salud del Magdalena, en su comunicado, debería publicar el número de actos administrativos expedidos, los motivos expresos de la clausura y los nombres de los investigados, en coherencia con el principio de transparencia que rige la actuación administrativa.

La columna vertebral de este caso no es el local clausurado: es la pregunta sobre cuántos centros funcionan en iguales condiciones en los municipios del Caribe colombiano donde la capacidad de inspección es estructuralmente débil. Sin un reporte de lesionados, sin investigación penal en curso y sin un plan de verificación posterior, la intervención corre el riesgo de quedar en el registro de los hechos cumplidos. La estética clandestina no se combate con clausuras aisladas. Se combate con inspección permanente, articulación con la Fiscalía y publicidad activa de los prestadores habilitados. Por ahora, la Secretaría de Salud del Magdalena solo demostró que el sistema funciona cuando ya es demasiado tarde para los pacientes que pasaron por ese sillón.

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Columnista de La Bitácora

Catalina Restrepo Mejía

38 años, Medellín. Egresada de Ciencia Política de EAFIT con maestría en Periodismo de los Andes. 15 años cubriendo contratación pública y política regional.

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