La noticia es precisa y, por eso mismo, incómoda. Un juez legalizó la captura de alias Chalá, señalado como responsable del asesinato del periodista Mateo Pérez, ocurrido el 7 de mayo en la vereda Palmichal, zona rural de Briceño, Antioquia. El procedimiento judicial avanzó en el plazo que la ley contempla y la Fiscalía cumplió, según lo reportado por El Tiempo, con los requisitos formales para que la medida surtiera efectos.
Pero la formalidad procesal no debe confundirse con el esclarecimiento del crimen. La captura de un presunto responsable es apenas el primer tramo de una cadena que en Colombia suele romperse en tres eslabones: la imputación, la acusación y la condena. Cada uno requiere prueba robusta, cadena de custodia verificable y, sobre todo, voluntad institucional para sostener el caso cuando los abogados defensores activen los recursos ordinarios. En hechos que involucran violencia contra periodistas en zonas históricamente influenciadas por grupos armados ilegales, esa voluntad no está garantizada de antemano.
Briceño no es un municipio cualquiera. Lleva décadas en el radar de las investigaciones sobre presencia del ELN, disidencias de las antiguas Farc y estructuras criminales dedicadas al narcotráfico y la minería ilegal. La zona donde fue asesinado Pérez no es, por decirlo con precisión documental, un vacío de Estado: es un territorio donde el Estado ha llegado de forma intermitente, con operativos militares que no siempre se traducen en presencia civil sostenida. Cuando un periodista es asesinado en esas condiciones, la pregunta razonable no es solo quién apretó el gatillo, sino qué condiciones de protección, qué rutas de evacuación y qué protocolos de la Unidad Nacional de Protección estaban operando, o no, para él.
La Fundación para la Libertad de Prensa ha documentado en sus informes anuales que Antioquia concentra una proporción significativa de las agresiones contra periodistas en Colombia. No es un dato nuevo ni una exageración coyuntural: es una tendencia estructural que se sostiene año tras año. La muerte de Pérez se inscribe en esa tendencia, y por eso su caso no puede analizarse como un hecho aislado. Si la Fiscalía logra avanzar hasta sentencia, será un mensaje. Si el proceso se diluye en la etapa de juicio, será la confirmación de un patrón que el país ya conoce.
Hay un segundo frente que merece atención. La captura de alias Chalá abre la posibilidad de que la Fiscalía, en cumplimiento del principio de verdad procesal, establezca si hubo otros partícipes, si existieron líneas de mando detrás del crimen y si el asesinato respondió a la actividad periodística de Pérez o a circunstancias distintas. Esa distinción no es menor. La jurisprudencia interamericana ha sido clara en que los Estados deben investigar de oficio las hipótesis vinculadas al ejercicio periodístico cuando un comunicador es asesinado, sin descartar de entrada móviles personales o pasionales que suelen invocarse para restar complejidad política al hecho.
La columna no termina con un reclamo retórico. Termina con una verificación pendiente. La legalización de la captura es un dato procesal cierto. La condena, si llega, será un dato de justicia. Entre uno y otro, lo que corresponde es exigirle a la Fiscalía y a la Judicatura que el expediente no searchive por vencimiento de términos, que las audiencias se celebren sin dilaciones injustificadas y que la verdad sobre lo ocurrido en Palmichal quede escrita en una sentencia, no en un comunicado de prensa.