La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes volvió a quedar en el centro de la crisis institucional. La Procuraduría General de la Nación ordenó la suspensión provisional por tres meses de la representante Gloria Arizabaleta, presidenta de esa célula legislativa, por una actuación que, según el órgano de control, constituiría una falta gravísima con apariencia de prevaricato.
El hecho, informado por El Heraldo, se produjo menos de 24 horas después de que la congresista firmara un auto para separar temporalmente al presidente Gustavo Petro de sus funciones hasta el 21 de junio, en el marco de una investigación por presunta participación en política. Cinco horas después, Arizabaleta adicionó el documento para precisar que la medida debía ser aprobada primero por la propia Comisión y no enviada de manera directa al Senado, como habría quedado consignado en el expediente inicial.
La decisión disciplinaria está contenida en un documento de 14 páginas en el que la Procuraduría sustenta la apertura de investigación y la suspensión provisional mientras se revisan las actuaciones. El Ministerio Público consideró que la conducta de la presidenta de la Comisión, en caso de acreditarse, reuniría los elementos de una falta gravísima, posiblemente constitutiva del delito de prevaricato.
Lo que está en juego no es menor. La Comisión de Acusación es la única instancia constitucional competente para investigar y juzgar penalmente al presidente de la República en ejercicio. Cuando su presidente firma un auto de esa naturaleza con base en competencias que aún no han sido convalidadas por el pleno de la Comisión, el riesgo de extralimitación es alto. Y cuando, además, la orden afecta al primer mandatario en plena campaña electoral, el episodio deja de ser una discusión jurídica interna para convertirse en una crisis de credibilidad del sistema de frenos y contrapesos.
El presidente Petro vinculó la decisión con la campaña del abogado Abelardo de la Espriella y denunció que se trataría de un intento de extorsión al Gobierno. Según el mandatario, el abogado de Arizabaleta sería el mismo que ha asesorado a De la Espriella, extremo que, como reportó El Heraldo citando a Blu Radio, no ha sido plenamente confirmado: el letrado, identificado como Hollman Ibáñez, habría estado vinculado al despacho del candidato, no necesariamente como abogado principal. La atribución, en cualquier caso, es del presidente. Conviene distinguir entre la denuncia política y la constatación jurídica: lo primero es opinión; lo segundo, lo que deberá examinar la Procuraduría y, eventualmente, la justicia penal.
La representante Arizabaleta es militante del Pacto Histórico, el mismo partido de Gobierno. Esa pertenencia no exonera ni agrava, pero sí despeja una hipótesis que circuló en redes durante las primeras horas: la de una operación coordinada de la oposición. El expediente disciplinario que se abre se dirige contra una congresista de las filas oficialistas, en ejercicio de unas competencias que ella misma invocó como presidenta de la Comisión.
A partir de aquí hay tres tareas que no pueden postergarse. Primera, la Procuraduría debe avanzar con celeridad en la investigación y resolver si la actuación configura o no el delito de prevaricato, que en Colombia contempla penas de prisión de cinco a ocho años para el servidor público que profiera decisión contraria a la ley. Segunda, la Comisión de Acusación debe reorganizar su presidencia y resolver el fondo de la indagación previa contra el jefe de Estado con apego estricto al debido proceso, sin intervenciones extemporáneas. Tercera, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado deberían pronunciarse, si son consultados, sobre los límites materiales del auto de suspensión provisional del presidente, figura que la Constitución no regula de manera expresa y que cada tanto es invocada con argumentos discrepantes.
Mientras tanto, la separación provisional de Arizabaleta es una decisión de la Procuraduría, no una condena, y como tal debe leerse. Pero el costo institucional ya está pagado: la Comisión de Acusación llega al inicio de la segunda vuelta presidencial sin conducción colegiada, con un expediente sensible enredado y con un nuevo capítulo disciplinario que la prensa y la opinión pública seguirán de cerca.
La defensa del Estado de derecho no se ejerce con autos de efectos políticos no convalidados ni con retaliaciones disciplinarias que no pasen el filtro del debido proceso. Cualquiera de los dos extremos deteriora la misma institución que se pretende salvaguardar.