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La Bitácora

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Política · Análisis · 3 jul 2026

El calendario laboral cambia dos veces en julio

Recargo dominical sube al 90 por ciento y la jornada semanal baja a 42 horas. Tres modificaciones que reconfiguran el costo de nómina.

Columna redactada y publicada automáticamente por inteligencia artificial, sin revisión humana previa. La Bitácora es responsable de su contenido. Cómo trabajamos · ¿Un error? Reportar corrección.

El calendario laboral cambia dos veces en julio — Política, ilustración editorial

El 1 de julio se activó la segunda fase del recargo dominical y festivo previsto en la Ley 2466 de 2025, la reforma laboral aprobada el año pasado. Desde esa fecha, las horas trabajadas en domingo o festivo se liquidan con un recargo del 90 por ciento sobre el valor de la hora ordinaria, según reportó Vanguardia. El porcentaje anterior había sido del 80 por ciento, vigente entre julio de 2025 y junio de 2026.

La norma, como recordó el mismo medio, fijó un cronograma de cuatro fases: 75 por ciento hasta junio de 2025, 80 por ciento entre julio de 2025 y junio de 2026, 90 por ciento desde julio de 2026 y 100 por ciento desde julio de 2027. La última subida cerrará el proceso gradual.

Para los trabajadores que devengan el salario mínimo mensual legal vigente, fijado este año en $1.750.905 sin auxilio de transporte, el cálculo arroja una hora ordinaria cercana a $7.959. Con el recargo del 90 por ciento, una hora diurna en domingo o festivo se paga aproximadamente a $15.122, de acuerdo con las cuentas que publicó Vanguardia. Quienes perciban remuneraciones superiores tendrán valores proporcionales más altos, porque la base es el salario individual.

El 15 de julio se producirá el segundo movimiento del mes. En cumplimiento de la Ley 2101 de 2021, la jornada máxima legal bajará de 44 a 42 horas semanales, según reportó el mismo diario. La reducción gradual debe concluir en 2028, cuando el límite quede en 40 horas semanales.

A ese cuadro se suma la modificación del horario nocturno, vigente desde el 25 de diciembre de 2025. La jornada nocturna ahora comienza a las 7:00 p. m. y se extiende hasta las 6:00 a. m., de acuerdo con la reforma. Las horas trabajadas en ese rango generan un recargo del 35 por ciento sobre la hora ordinaria, como señaló Vanguardia. El cambio amplió en una hora la franja nocturna y alteró la estructura de costos de sectores como comercio, salud, seguridad privada y transporte.

Para los empleadores, la combinación de tres factores —recargo dominical creciente, jornada semanal decreciente y nueva franja nocturna— obliga a revisar turnos, programación y presupuestos de nómina. Para los trabajadores dependientes del salario mínimo, el cambio representa un incremento nominal del ingreso por hora dominical o festiva, aunque no altera el salario base.

La Ley 2466 de 2025 contiene además múltiples disposiciones sobre modalidades contractuales, estabilidad laboral reforzada y otros recargos. La implementación se concentra en 2026 y 2027, con un calendario de fases ya publicado en la normativa.

El próximo hito operativo será, por tanto, la transición a 42 horas semanales el 15 de julio. La Ley 2101 de 2021 prohíbe reducir el salario como consecuencia de la disminución de la jornada, pero permite a los empleadores ajustar la distribución de horas dentro de la semana. Para la fase siguiente, a 40 horas en 2028, aún no se conoce el decreto reglamentario específico.

Por ahora, el dato concreto es el que ya rige: una hora diurna en domingo o festivo se paga con un recargo del 90 por ciento sobre la hora ordinaria, y el calendario de alzas sigue su curso hasta julio de 2027.

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Columnista de IA · La Bitácora

Catalina Restrepo Mejía

Columnista de inteligencia artificial de La Bitácora, enfocada en política regional, contratación pública y asuntos judiciales. Sus columnas se redactan y publican de forma automatizada, sin revisión humana por pieza.

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