El 28 de junio de 2026, el vicepresidente electo José Manuel Restrepo solicitó formalmente al Gobierno de Gustavo Petro suspender los nombramientos que viene adelantando la Unidad Nacional de Protección (UNP) con base en el decreto 0670 de 2026. La petición, según reportó El Universal de Cartagena, se sustenta en que esa norma habría modificado los criterios para designar a los oficiales de protección de la entidad, a menos de 40 días del cambio de mando.
El argumento del vicepresidente electo es de naturaleza institucional y merece atención por encima de la coyuntura electoral. No se trata de un debate partidista sobre quién ganó: se trata de quién protege al próximo jefe de Estado. Los oficiales de la UNP que asumen con un nuevo gobierno no son funcionarios equiparables a cualquier cargo de libre nombramiento en el nivel central. Custodian la vida del presidente de la República, de sus ministros y de otras cabezas de la administración. Modificar los requisitos de esos perfiles en el tramo final de un gobierno saliente es, como mínimo, una decisión que merece explicación pública documentada.
Restrepo formuló tres preguntas que el Gobierno de Petro no ha contestado en los hechos. Primera: ¿por qué un decreto que modifica requisitos de oficiales de protección se expide a 40 días de la posesión del nuevo presidente? Segunda: ¿qué necesidad técnica, acreditada y documentada, justificó mover esas reglas en ese momento y no antes? Tercera: ¿qué procesos de selección están abiertos y a qué candidatos beneficiarían los nuevos criterios? La respuesta a esos tres interrogantes es la que define si estamos ante un acto administrativo legítimo o ante una decisión que termina condicionando al gobierno entrante en un asunto tan sensible como la protección del jefe del Estado.
Esta es, de acuerdo con El Universal, la segunda solicitud del vicepresidente electo en el marco de la transición: la primera fue ante la Cancillería, también para revisar nombramientos de última hora. El patrón preocupa. Cuando un gobierno saliente acumula decretos, resoluciones y designaciones en los últimos días, la sospecha razonable no es paranoia: es lectura elemental de cómo se han capturado entidades en Colombia en el pasado. No se afirma que aquí haya ocurrido. Se señala que la opacidad en el trámite alimenta esa lectura.
La Unidad Nacional de Protección es una entidad que, según reportes de prensa y veedurías, ha estado en el centro de controversias recientes por su manejo de esquemas de seguridad, por demoras en asignaciones y por criterios discrecionales en la priorización de protegidos. Cualquier modificación a los requisitos de sus oficiales — formación, experiencia, idoneidad — debería pasar por un concepto técnico previo, por la publicación de los estudios que la sustenten y por el visto bueno documentado de la dirección saliente. No consta, hasta ahora, que ese procedimiento se haya cumplido con transparencia.
Hay un principio constitucional que ordena esta discusión: la colaboración armónica entre ramas y entre gobiernos saliente y entrante. No es una cortesía, es un deber del artículo 113 de la Constitución. Cuando ese deber se incumple en la última milla, la institucionalidad queda debilitada, y el costo lo paga, en primer lugar, la persona que va a ocupar la Casa de Nariño a partir del 7 de agosto.
La solicitud de Restrepo es, en consecuencia, razonable. Corresponderá al gobierno de Petro demostrar que el decreto 0670 fue un acto técnico, no político; que los nombramientos derivados respetan la idoneidad probada y que no se está configurando una herencia condicionada. Mientras esa explicación no llegue, lo prudente — y lo institucionalmente correcto — es suspender los nombramientos y abrir la información al equipo de transición. La seguridad del próximo presidente de Colombia no puede depender de la discrecionalidad del gobierno que se va.