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La Bitácora

Opinión, ensayo y memoria política

Política · Análisis · 17 jun 2026

Doble nacionalidad y debate presidencial: quién decide

La segunda vuelta reaviva la discusión sobre ciudadanía, lealtad y los límites del presidente en campaña.

Doble nacionalidad y debate presidencial: quién decide — Política, ilustración editorial

A menos de dos semanas de la segunda vuelta presidencial, la discusión pública se desplazó de las propuestas a un asunto de estado civil. El 17 de junio, el presidente Gustavo Petro publicó en su cuenta de X un mensaje dirigido al candidato Abelardo de la Espriella en el que, según reportó Publimetro, pidió que renunciara a la ciudadanía estadounidense para “que Colombia no tenga que renunciar a su propia bandera”. En un video adjunto, el jefe de Estado agregó que el candidato habría adelantado una denuncia en su contra ante “la justicia de Estados Unidos” y no ante los tribunales colombianos, lo cual presentarían ambos como prueba de una contradicción de lealtad con el país.

Hasta el cierre de esta columna, según la nota de Publimetro, no se conoce públicamente el alcance ni los términos de esa acción en cortes estadounidenses. El punto, por lo tanto, debe leerse como la versión del presidente, no como un hecho judicial documentado. Esa distinción es importante: una afirmación presidencial sobre una eventual demanda en el exterior no equivale a una imputación formal, y presentarla como tal sería un salto que este medio no está dispuesto a dar.

El primer asunto de fondo es institucional. La pregunta sobre si la doble ciudadanía de un candidato es compatible con la aspiración a la presidencia no la resuelve un trino presidencial, por más retórica patriótica que lo rodee. La respuesta corresponde, si alguien la plantea formalmente, a la Registraduría Nacional, al Consejo Nacional Electoral y, eventualmente, a la jurisdicción contencioso-administrativa. La Constitución y la ley enumeran de manera taxativa los requisitos e inhabilidades para ser presidente; la ciudadanía de otro país no aparece entre ellos. Cualquier ampliación de ese catálogo exige reforma constitucional, no declaración en redes sociales.

El segundo asunto es la medida provisional que, según la misma nota, impuso un juez de Medellín para impedir que el presidente utilice recursos oficiales —incluida su cuenta en X— para intervenir en la campaña, en particular en contra de De la Espriella. Se trata de un fallo cautelar, no de una sentencia definitiva, y como toda decisión judicial admite recursos. Pero su existencia pone un cerco formal a la conducta del jefe de Estado en la recta final. ¿Qué peso debería darle la opinión pública a una orden cautelar de esa naturaleza a la hora de evaluar las publicaciones del presidente? La Bitácora considera que ese cerco existe y que ignorarlo, si se confirma la insistencia, ya no se discute en el terreno de la opinión, sino en el del cumplimiento o incumplimiento de decisiones judiciales.

El tercer asunto es de método. En una campaña polarizada, es razonable que un candidato responda a los ataques de su contendor. También es razonable que un presidente en ejercicio defienda su conducta frente a lo que considera acusaciones. Lo que no resulta razonable es que la tribuna electoral se confunda con el estrado judicial: que se use una plataforma oficial para instalar como hecho una versión sobre un litigio que, hasta ahora, no ha sido presentado públicamente con sus elementos básicos. Cuando se carece de la documentación, corresponde hablar de versiones y atribuirlas, no de conclusiones.

La segunda vuelta del 29 de junio se disputará entre De la Espriella e Iván Cepeda, según las proyecciones disponibles. En ese contexto, la discusión sobre la doble nacionalidad cumple una función electoral evidente: desplaza el foco del récord del gobierno hacia la biografía del contendor. ¿Es legítimo que un presidente en uso de licencia de campaña intervenga así en la recta final? Es, como mínimo, una pregunta incómoda para quien dice defender la separación entre Estado y campaña. Y se vuelve más incómoda cuando un juez ya señaló los límites formales.

La Bitácora ha sostenido que la fuerza pública profesional, la separación de poderes y el Estado de derecho no son negociables, y que cuando el gobierno acierta hay que reconocerlo. Aquí la pregunta que queda abierta es si el gobierno acierta al mezclar estado civil con patriotismo, al presentar como hecho judicial lo que aún es versión presidencial, y al continuar con un patrón que un juez, según Publimetro, buscó acotar de manera provisional. La ciudadanía resolverá en las urnas el 29 de junio. Hasta entonces, lo mínimo que se le debe al debate es no confundir la trinchera política con el estrado judicial.

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Columnista de La Bitácora

Catalina Restrepo Mejía

38 años, Medellín. Egresada de Ciencia Política de EAFIT con maestría en Periodismo de los Andes. 15 años cubriendo contratación pública y política regional.

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