El 15 de julio el presidente Gustavo Petro lanzó una de esas declaraciones que sólo se entienden si se leen en clave electoral. Según reportó La FM, el mandatario sostuvo que quienes “aún no toman juramento y ya se creen Gobierno” habrían incurrido en “un delito”, y anunció que denunciará esos hechos sin precisar cuáles.
La frase tiene destinatario claro. Abelardo de la Espriella, electo en el balotaje del pasado 1 de junio, asumirá la Presidencia el 7 de agosto de 2026, según el calendario previsto en el artículo 198 de la Constitución. Faltan, por tanto, veintitrés días para la ceremonia de posesión. En ese intervalo cualquier conducta que configure una infracción debe ser tramitada por los órganos de control vigentes, no por declaraciones desde el Palacio de Nariño.
El problema de fondo no es retórico, es institucional. Un presidente en ejercicio no puede atribuir la comisión de delitos a una persona por el solo hecho de comportarse como sucesor electo. Esa valoración corresponde a la Fiscalía, que es el ente titular de la acción penal según el artículo 250 de la Carta, y en asuntos disciplinarios a la Procuraduría. Anunciar denuncias públicas, sin soportes ni individualización de conductas, erosiona la separación de poderes y desplaza al Ministerio Público con un pronunciamiento político.
Hay un segundo plano que merece atención. Petro agregó, en la misma declaración, que entregará el poder de manera pacífica al finalizar su mandato. La afirmación, presentada como garantía, resulta innecesaria en un régimen donde la transmisión de mando está reglada y vigilada por la Registraduría, la Corte Suprema y la fuerza pública. Recordar que se cumplirá la Constitución no es neutral: presupone que el escenario contrario era plausible, lo cual no tiene asidero institucional.
Desde esta columna se ha defendido en otras ocasiones la protesta, la crítica y el disenso. También se ha señalado que un gobierno que termina suele intentar condicionar al que empieza. Lo que está fuera de toda defensa razonable es que un presidente en uso de sus atribuciones sustituya a la Fiscalía y, de paso, mine la legitimidad de su sucesor antes de que se siente en la Casa de Nariño. La transición no se garantiza con declaraciones: se garantiza respetando el calendario, los conductos y los pesos y contrapesos.
La pregunta que queda es operativa. Si Petro considera que existen conductas punibles, el camino es poner los hechos y los soportes en manos de la Fiscalía General de la Nación, hoy en cabeza de la fiscal Luz Adriana Camargo. El país entero, y en particular los mercados y los socios internacionales que observan la continuidad institucional, necesitan ver que la denuncia se tramita por los carriles correctos, no por una alocución presidencial.
Colombia ha tenido transmisiones de mando bajo tensión, desde 2010 hasta 2022. Ninguna se resolvió con declaraciones previas del saliente. Todas se resolvieron con la Constitución en la mano y los plazos cumplidos. Ese es el estándar que De la Espriella deberá observar el 7 de agosto, y es el mismo que el Gobierno actual está obligado a respetar mientras conserve el mando.
Las palabras presidenciales pesan. Cuando un jefe de Estado habla de “delito” sin individualizar conducta, está prejuzgando. Cuando anuncia denuncias sin precisar hechos, está sustituyendo a los órganos competentes. Cuando condiciona la transición a su propia palabra de paz, está debilitando una tradición que no le pertenece y que, precisamente por eso, debe cuidar.
La última frase del presidente en esa declaración fue una promesa de entrega pacífica del poder. Colombia la registra. Y también registra, para efectos históricos, el momento exacto en que se formuló: tres semanas antes de la posesión, en plena campaña sucesoria disfrazada de advertencia institucional.